lunes, 1 de octubre de 2012

LA PRISIÓN DE UN HOMBRE LIBRE

JUAN LÓPEZ VILLANUEVA *
Actualmente, Alberto Patishtán purga una condena de 60 años de prisión por un crimen que no cometió. En México, la inmensa mayoría de personas privadas de su libertad, sujetas a proceso penal o sentenciadas, son víctimas de fabricación de prueba o de violaciones al debido proceso.

En junio de 2000, a dos años de la masacre de El Bosque, donde incursiones policiales y militares ejecutaron a una decena de civiles, ocurrió la emboscada en la que fueron asesinados siete policías. Parecía una venganza. Así que se procedió a la captura de Salvador López y su hermano –milicianos del EZLN–, así como de Alberto Patishtán Gómez, profesor cuyo único crimen fue ser considerado enemigo político por el entonces presidente municipal de El Bosque.

Como Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, asumimos la defensa de Salvador. Con el apoyo de su comunidad, logramos probar su inocencia.

En el caso de Patishtán, la tendenciosa actitud judicial conllevó a la sentencia que lo tiene ahora preso. Desde entonces, ha librado una ex-traordinaria acción pacifista a costa de su propio cuerpo con prolongados ayunos, el más largo llegó a los 41 días en octubre de 2011, a favor de la población en pobreza que sufre la represión del sistema penal en Chia-pas. Así, encabezó una movilización que logró la liberación de cientos de personas, la mayoría indígenas como él. El único que no logró la libertad ha sido el propio Alberto Patishtán. Con la salud mermada por las condi-ciones propias de las cárceles mexicanas, fue arbitrariamente trasladado al penal de Guasave, Sinaloa.

Ahora que la nueva defensa de Alberto ha promovido un reconocimiento de inocencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puede hoy atender a un largo y complejo contexto de anomalías en las acusaciones de la PGR y de la procuraduría local.

Este caso es una muestra más de porqué es imprescindible dar la vuelta los juicios inquisitoriales, y avanzar hacia un sistema de justicia democrático. Uno de los problemas es que esto prensa los dedos mis-mos de la justicia ¿Qué hacer con los casos donde no hubo un juicio ba-sado en los principios de legalidad, equidad y debida defensa? ¿Cuánta gente ha debido soportar una sentencia que no se ajusta al artículo 8° del Pacto de San José, ley suprema de toda la Unión?

En el nuevo sistema penal acusatorio, el proceso penal no termina con la sentencia firme, sino hasta que la pena impuesta es cumplida, lo que facilita corregir posibles errores. De hecho, uno de los objetos del nuevo sistema es proteger al inocente. Ahora la SCJN puede ajustar una realidad negada: no ha habido justicia en muchas acusaciones, donde la PGR degrada su función y empuja a sentencias inconcebibles, gracias a un pobre análisis probatorio de prácticamente todos los jueces (el juez que condenó a Alberto no estuvo presente en ninguna audiencia de desahogo de pruebas). Así, tampoco hubo justicia para las familias de los policías asesinados: no se esclarecieron los hechos.

El alma de Alberto ha logrado liberarse, por él mismo y por la solidaridad de una multitud que crece. Vamos ahora por liberar su cuerpo y por la reparación del daño ocasionado.

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